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Gloria Molina

Lo que tienes que saber sobre los nidos de vencejos, aviones comunes y golondrinas: están protegidos por Ley

Como decía Unamuno, “Han vuelto los vencejos.” Y con ellos sus incansables compañeros de viaje, las golondrinas y los aviones comunes.


Vencejos en el Acueducto de Segovia. Foto: Ángel Sanz


Cada año por estas fechas, estas aves regresan de su largo viaje migratorio y vuelven a casa, a su casa, en donde poder realizar el objetivo principal de su vida, la reproducción.


Como amante defensora de estas aves “mosquiteras”, sobre todo de los vencejos, es mi deber celebrar su vuelta pero también recordar y advertir que debemos recibirlos con los brazos y el corazón abierto, y no con los nidos cerrados y destruidos.


Cambiar la percepción que se tiene de estas aves es fundamental. Llegan nuestros insecticidas naturales ya que son biocontroladores de plagas, son nuestra medicina voladora, pequeñas aves pero con potentes beneficios que aportar a nuestros pueblos y ciudades.


Mantener la biodiversidad urbana es completamente necesario para nuestra propia supervivencia y en ello tenemos que implicarnos todos, sin excepción.


Época de cría y de reformas en las casas


La primavera es la época de reproducción de la mayoría de las especies. Solo hay que observar cómo hay una mayor actividad en el campo, en parques y jardines con llamativos revoloteos y un mayor coro de trinos y cantos. ¡La llamada del amor!


Pero ese momento tan importante en el ciclo reproductor, suele coincidir con ese buen tiempo que anima a acercarse a la casa del pueblo y aprovechar para reformar tejados, fachadas o hacer limpieza general. Y no solo en las casas particulares, sino en edificios públicos, históricos, comunidades de propietarios, etc.

Sin embargo, esa decisión puede poner en riesgo la supervivencia de muchas de las colonias de estas aves que vienen cada primavera a anidar a nuestros edificios.


Hay que estar atento porque no solo es una manifestación de crueldad e incultura, sino un desastre ambiental, que puede acarrear a los propietarios de las casas, comunidades de vecinos y empresas constructoras un gran problema económico por destruir esos nidos. La destrucción de nidos se considera INFRACCIÓN GRAVE, con multas que oscilan entre los 5.000 y 200.000 €.


Desconozco autor de la ilustración


Nidos de vencejos, aviones comunes y golondrinas protegidos por ley


Vencejo común (Apus apus) y vencejo pálido (Apus pallidus)


Son aves excepcionales con la mayor adaptación al medio aéreo. Con un peso de 40 gramos aproximadamente, pasan la mayor parte de su vida en vuelo constante sobre territorios africanos, a excepción del tiempo de reproducción que suele rondar los 100 días en nuestro país, como digo, su casa. Vuelven siempre cada año al mismo sitio.


Cazadores incansables de insectos voladores, se alimentan vorazmente de plancton aéreo controlando plagas de insectos.


Al año suelen realizar un viaje de 20.000 km sometidos a muchas amenazas pero lo realizan con el único fin de volver a su nido una primavera más, al mismo hueco del año anterior. Al no poder posarse por su morfología adaptada al vuelo, no pueden construir nidos como otras aves por lo que usan oquedades bajo teja o huecos en edificios, medianeras o en huecos de persianas.


Una de las mayores colonias de vencejo común la tenemos en el Acueducto de Segovia, ciudad Patrimonio de la Humanidad y que, junto con la chova piquirroja, son símbolos de la ciudad.


Avión común (Delichon urbicum)


Con apenas 20 gramos de peso, el avión común es un ave vinculada a los pueblos y a las construcciones humanas. Ave migradora y colonial, vuelve a España a realizar ciclo reproductor  en primavera. Construye su nido con barro construyendo una estructura casi esférica que solemos ver bajo los aleros de las ventanas y que reutilizan cada año.


Pertenecen al trío que cariñosamente conocemos como “Los 3 mosquiteros” u "Las 3 aves mosquiteras" por su dieta insectívora extricta y que junto a vencejos y golondrinas constituyen nuestro insecticida natural.


Golondrina común (Hirundo rustica) y golondrina dáurica (Cecropis daurica)


Es una de las aves insectívoras más conocidas que con su llegada avisa el inicio de la primavera. Como sus otros dos compañeros, esta ave migratoria regresa a España en época estival para realizar su ciclo reproductivo.


Construye nidos de barro de forma cóncava y con una abertura superior por donde asoman las cabezas de los pollos. Prefieren instalarlos en zonas protegidas, como garajes, naves, establos…


Aunque a veces se la confunde con el vencejo o el avión, la golondrina tiene una cola larga y ahorquillada, con unas plumas timoneras (rectrices) muy alargadas.


La diferencia con su prima, la golondrina dáurica reside en que los nidos de esta tienen forma de un iglú invertido y una entrada a modo de túnel.


Imagen SEO Birdlige Aves de Barrio


Legislación importante para constructores, comunidades de vecinos y propietarios de casas


Soy consciente de que los vecinos de pueblos y ciudades, incluso técnicos de ayuntamientos, arquitectos, constructores y albañiles, desconoce la legislación ambiental vigente pero como sabéis «la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento».


Ya son muchos los ayuntamientos de localidades españolas los que estos últimos años han prestado mucha atención a la estricta protección de estas aves insectívoras por varias razones, tanto medioambientales como de protección civil, ya que, como he dicho antes, aportan grandes beneficios a los ambientes rurales a donde vuelven cada año.


Recordamos que aves y nidos están protegidos y deben ser conservados aún estando fuera de la época de reproducción.


En caso de extrema necesidad, si hubiera que eliminar los nidos, hay que solicitar autorización expresa al órgano ambiental correspondiente, consejerías o delegaciones provinciales de medio ambiente y colocar nidos artificiales como medidas compensatorias en los mismos lugares donde estaban los otros.


Ante la evidencia de una destrucción, obras, o posible destrucción de colonias, se ha de comunicar al Servicio de Protección de Naturaleza SEPRONA, agentes forestales, medioambientales o policía local, para interponer denuncia o verificar si se tienen los correspondientes permisos ambientales par comprobar los hechos que se han denunciado.


Aquí se hace un resumen de estas leyes nacionales, que se podrán completar con las europeas que no mencionaré ahora.


Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad

Legislación consolidada.

TÍTULO III. Conservación de biodiversidad.

CAPÍTULO I. Conservación in situ de la biodiversidad autóctona silvestre.

· Artículo 54. Garantía de conservación de especies autóctonas silvestres.

5. Queda prohibido dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, sea cual fuere el método empleado o la fase de su ciclo biológico. Esta prohibición incluye su retención y captura en vivo, la destrucción, daño, recolección y retención de sus nidos, crías o de sus huevos, estos últimos aun estando vacíos, así como la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos o de sus restos, incluyendo el comercio exterior.

5bis. Queda prohibida la suelta no autorizada de ejemplares de especies alóctonas y autóctonas de fauna, o de animales domésticos, en el medio natural.

· Artículo 56. Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

1. Se crea el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, que se instrumentará reglamentariamente, previa consulta a las comunidades autónomas y que incluirá especies, subespecies y poblaciones que sean merecedoras de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, por su singularidad, rareza, o grado de amenaza, así como aquellas que figuren como protegidas en los anexos de las Directivas y los convenios internacionales ratificados por España.

· Artículo 57. Prohibiciones y garantía de conservación para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

1. La inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial de una especie, subespecie o población conlleva las siguientes prohibiciones genéricas:

b)   Tratándose de animales, incluidas sus larvas, crías, o huevos, la de cualquier actuación hecha con el propósito de darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, así como la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada o reposo.

TÍTULO VI. De las infracciones y sanciones.

· Artículo 79. Disposiciones generales.

1. Las acciones u omisiones que infrinjan lo prevenido en la presente Ley generarán responsabilidad de naturaleza administrativa, sin perjuicio de la exigible en vía penal, civil o de otro orden a que puedan dar lugar.

· Artículo 80. Tipificación y clasificación de las infracciones.

1. A los efectos de esta ley, y sin perjuicio de lo que disponga al respecto la legislación autonómica, se considerarán infracciones administrativas:

n)  La destrucción, muerte, deterioro, recolección, posesión, comercio o intercambio, captura y oferta con fines de venta o intercambio o naturalización no autorizada de especies de flora y fauna incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, que no estén catalogadas, así como la de propágulos o restos.

· Artículo 81. Clasificación de las sanciones.

1. Las infracciones tipificadas en el artículo anterior serán sancionadas con las siguientes multas:

a)      Infracciones leves, con multas de 100 a 3.000 euros.

b)      Infracciones graves, con multas de 3.001 a 200.000 euros.

c)       Infracciones muy graves, multas de 200.001 a 2.000.000 euros, sin perjuicio de que las comunidades autónomas puedan aumentar el importe máximo.

 

Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas

·          Artículo 2. Definiciones.

8. Especie silvestre en régimen de protección especial: especie merecedora de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico y cultural, singularidad, rareza, o grado de amenaza, argumentado y justificado científicamente; así como aquella que figure como protegida en los anexos de las directivas y los convenios internacionales ratificados por España, y que por cumplir estas condiciones sean incorporadas al Listado.

ANEXO. Relación de Especies Incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial:

  • Apodidae

  • Apus apus, vencejo común

  • Apus caffer, vencejo cafre

  • Tachymarptis melba, vencelo real

  • Apus pallidus, vencejo pálido

  • Apus unicolor, vencejo unicolor

  • Hirundinidae

  • Delichon urbicum, avión común

  • Hirundo rustica, golondrina común

  • Hirundo daurica, golondrina dáurica

  • Ptyonoporgne rupestris, avión roquero

  • Ripaira riparia, avión zapador

 

Reflexión

 

Es posible convivir con nuestra fauna urbana y más sabiendo que el descenso de las poblaciones de estas aves es cada vez mayor y se nota más. Hagamos un esfuerzo para proteger estas colonias de aves sobre todo para tenerlas en cuenta a la hora de la rehabilitación de edificios tanto privados como históricos.

 

Apostemos por la rehabilitación ambiental de las construcciones contando con la vida que en ellos habita, aves, murciélagos, reptiles, flora… Esta diversidad es nuestra medicina y de ella dependemos.

 

Hay muchas soluciones arquitectónicas para mantener una buena convivencia.


Una buena manera de proteger los nidos es realizando censos de nidos que, en breve, esperamos realizar en el Aula de la Naturaleza como actividad de ciencia ciudadana y de campaña de protección de nidos.

 

Para cualquier consulta relacionada con este tema podéis contactar con nosotros para ampliar la información y dar posibles soluciones y orientaciones.

 

 

Fuentes:

Gloria Molina

SEO Birdlife

Foro Geobiosfera

SOS VENCEJOS IG @sosvencejos

AVIN Proyecto de Protección de Aves Insectívoras

ECOURBE


1 Comment


Unknown member
Aug 02

Pues me parece muy bien, que los vencejos estén + protegidos que los humanos cuando nos okupan la casa... Se parece bastante a la historia de arriba de volver de un largo viaje y encontrarte la puerta tapiada.

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